Qué puedes deducirte, en qué porcentaje y qué documentación necesitas. La lista completa actualizada con la normativa de 2026.
Una de las preguntas que más se hacen los autónomos es: ¿qué gastos me puedo deducir? La respuesta corta es: los gastos necesarios para el desarrollo de tu actividad. Pero la respuesta larga tiene muchos matices — y equivocarte puede costarte dinero en una inspección.
Esta guía es orientativa. Los porcentajes de deducibilidad pueden variar según tu actividad y situación. Consulta siempre con tu gestor fiscal antes de deducirte un gasto que tenga dudas.
Un gasto es deducible cuando cumple tres condiciones simultáneamente:
Si falta cualquiera de estas tres condiciones, Hacienda puede rechazar la deducción en una inspección.
Ordenadores, monitores, tablets, impresoras, discos duros, teclados y cualquier periférico usado en tu actividad. Si el equipo cuesta más de 300€, Hacienda lo considera inversión y se amortiza — normalmente al 25% anual durante 4 años.
Adobe Creative Cloud, Microsoft 365, Slack, Notion, herramientas de diseño, programas de facturación, hosting, dominios, servicios en la nube. Todo lo que uses para trabajar es deducible al 100%.
Si usas el mismo móvil para trabajo y uso personal, Hacienda permite deducir el 50% tanto del dispositivo como de la factura de la línea. Si tienes una línea exclusivamente profesional, puedes deducir el 100%.
Cursos, masters, libros, suscripciones a plataformas educativas y asistencia a congresos relacionados con tu actividad. Deben estar claramente vinculados a tu sector profesional.
Los honorarios de tu gestor, asesor fiscal, abogado o cualquier profesional que contrates para el desarrollo de tu actividad son deducibles al 100%.
Google Ads, redes sociales, diseño de logotipo, web, imprenta, materiales promocionales, patrocinios. Todo lo que inviertas en dar a conocer tu actividad.
La cuota que pagas cada mes a la Seguridad Social como autónomo es deducible al 100% en el IRPF. No así en el IVA — la cuota de autónomo no lleva IVA.
Si alquilas una oficina, local o puesto en un espacio de coworking exclusivamente para tu actividad, es deducible al 100%. Necesitas la factura a tu nombre con tu NIF.
Este es uno de los puntos más consultados. Si eres autónomo y trabajas desde casa, puedes deducirte una parte de los suministros del hogar.
Solo puedes deducir el 30% de los suministros (luz, agua, gas, internet) correspondientes a la parte de la vivienda afecta a la actividad. Si tienes un despacho que ocupa el 20% de tu piso, puedes deducir el 30% × 20% = 6% de tus suministros. Debes tener la vivienda declarada como afecta en el Modelo 036/037.
El alquiler de la vivienda no es deducible para autónomos personas físicas, aunque trabajen desde casa. Solo lo es para sociedades.
El vehículo es el gasto que más conflictos genera con Hacienda. La regla general para autónomos personas físicas:
| Situación | IVA deducible | IRPF deducible |
|---|---|---|
| Uso mixto (trabajo y personal) | 50% | Solo si demuestras uso exclusivo |
| Uso exclusivo profesional (raro) | 100% | 100% |
| Agentes comerciales y representantes | 100% | 100% |
| Taxis, transporte de viajeros | 100% | 100% |
Hacienda es muy estricta con esto. Deducirte el 100% de un vehículo de uso mixto sin ser agente comercial o transportista es uno de los motivos más frecuentes de inspección. Consúltalo con tu gestor antes de hacerlo.
Las dietas y gastos de manutención tienen límites fijos establecidos por Hacienda:
Por encima de esos límites, el exceso no es deducible. Además, necesitas demostrar que el desplazamiento estaba vinculado a tu actividad — guardar el correo de la reunión, el contrato del cliente, etc.
Para que un gasto sea deducible necesitas:
Fotografía o escanea los tickets y facturas en papel en cuanto los recibas. El papel se deteriora y Hacienda no acepta tickets ilegibles. Guárdalos todos en una carpeta organizada por trimestre.