Si eres autónomo en España, tienes la obligación de presentar varios modelos ante la AEAT a lo largo del año. Cada uno corresponde a un impuesto diferente y tiene sus propios plazos. En esta guía los explicamos todos, con los plazos exactos de 2026 y quién está obligado a presentar cada uno.
Modelos trimestrales: los más importantes
Modelo 130 — Pago fraccionado IRPF (estimación directa)
Es el modelo de pago a cuenta del IRPF para autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Se paga el 20% del rendimiento neto del trimestre (ingresos menos gastos), descontando lo ya pagado en trimestres anteriores.
Quién está obligado: Autónomos en estimación directa que no tengan más del 70% de sus ingresos con retención IRPF ya practicada por el pagador.
Plazos 2026: 1-20 de abril (1T) · 1-20 de julio (2T) · 1-20 de octubre (3T) · 1-30 de enero 2027 (4T)
Modelo 131 — Pago fraccionado IRPF (módulos)
Para autónomos en estimación objetiva (módulos). El importe a pagar está predeterminado por los módulos asignados a tu actividad, no por el beneficio real.
Plazos 2026: Mismos que el modelo 130.
Modelo 303 — Autoliquidación del IVA
El modelo más habitual. Recoge el IVA repercutido (el que has cobrado a tus clientes) menos el IVA soportado deducible (el que has pagado en tus compras y gastos profesionales). Si el resultado es positivo, pagas a Hacienda. Si es negativo, te lo compensas en el siguiente trimestre (o solicitas devolución en la declaración anual).
Plazos 2026: 1-20 de abril · 1-20 de julio · 1-20 de octubre · 1-30 de enero 2027
Nota: El cuarto trimestre (enero) permite solicitar devolución si acumulas saldo a tu favor.
Modelo 111 — Retenciones IRPF trabajadores y profesionales
Si tienes trabajadores o pagas facturas con retención a otros profesionales (abogados, consultores, diseñadores…), debes ingresar esas retenciones trimestralmente. También aplica si recibes facturas con retención del 15% (o 7% en los dos primeros años de actividad).
Plazos 2026: Mismos que el modelo 303.
Modelo 115 — Retenciones arrendamientos
Si alquilas un local u oficina a una empresa o profesional y aplicas retención del 19%, el arrendador debe ingresar esas retenciones con el 115. Si eres el inquilino y practicas la retención, tú presentas este modelo.
Plazos 2026: Mismos que el modelo 303.
Modelos anuales: resúmenes e informativas
Modelo 390 — Resumen anual del IVA
Resumen informativo de todas las operaciones del año con IVA. No genera pago adicional — es un cuadre del total de los cuatro trimestres del 303. Obligatorio para todos los que presentan el 303.
Plazo 2026: Del 1 al 30 de enero de 2027 (ejercicio 2026).
Modelo 190 — Resumen anual de retenciones IRPF
Resumen de todas las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados durante el año. Incluye trabajadores, profesionales y cualquier perceptor de rentas con retención. Equivale al cuadre anual del modelo 111.
Plazo 2026: Del 1 al 31 de enero de 2027.
Modelo 347 — Operaciones con terceros
Declaración informativa de todas las operaciones con clientes o proveedores que superen 3.005,06 € anuales en conjunto (IVA incluido). Aplica tanto a cobros como a pagos.
Plazo: Febrero del año siguiente (para el ejercicio anterior). Para 2026: febrero 2027.
Exentos: Autónomos en SII (Suministro Inmediato de Información) no presentan el 347.
Modelo 100 — Declaración de la Renta (IRPF)
La declaración anual del IRPF donde se regulariza todo el año. Aquí se declaran todos los rendimientos de actividades económicas, se descuentan los pagos fraccionados del modelo 130 o 131, y se calcula si hay que pagar más o si Hacienda te devuelve.
Plazo 2026 (renta 2025): Del 2 de abril al 30 de junio de 2026. Para la renta 2026: abril-junio 2027.
Tabla resumen de plazos 2026
| Modelo | Periodicidad | Plazo general |
|---|---|---|
| 130 / 131 IRPF pago fraccionado | Trimestral | Hasta el 20 del mes siguiente al trimestre |
| 303 IVA | Trimestral | Hasta el 20 del mes siguiente (4T hasta 30 enero) |
| 111 Retenciones profesionales | Trimestral | Hasta el 20 del mes siguiente al trimestre |
| 115 Retenciones arrendamiento | Trimestral | Hasta el 20 del mes siguiente al trimestre |
| 390 Resumen IVA | Anual | Todo enero del año siguiente |
| 190 Resumen retenciones | Anual | Todo enero del año siguiente |
| 347 Operaciones terceros | Anual | Febrero del año siguiente |
| 100 Renta (IRPF anual) | Anual | Abril-junio del año siguiente |
¿Qué pasa si no presento un modelo a tiempo?
Las consecuencias dependen de si Hacienda te requiere o si presentas de forma voluntaria antes de que te lo pidan:
- Presentación voluntaria fuera de plazo sin requerimiento: Recargo del 1% por cada mes completo de retraso (hasta 12 meses). A partir del año: recargo del 15% más intereses.
- Tras requerimiento de Hacienda: Sanción mínima del 50% de la cuota no ingresada, pudiendo llegar al 150% en casos de ocultación.
- Presentación de modelo sin pago: Solo genera recargo, no sanción. Siempre es mejor presentar aunque no puedas pagar.
¿Cómo calcula FactuTec tus modelos?
FactuTec hace el cálculo de tus modelos tributarios automáticamente a partir de tus facturas y gastos registrados:
- El modelo 303 se calcula sumando el IVA de todas tus facturas emitidas y restando el IVA deducible de tus gastos.
- El modelo 130 toma el beneficio acumulado del año (ingresos – gastos) y aplica el 20%, descontando lo ya pagado.
- Puedes ver el resumen trimestral en cualquier momento desde el panel de Impuestos.
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Probar FactuTec gratis →Nota: este artículo tiene carácter informativo. Consulta siempre con tu asesor fiscal antes de tomar decisiones tributarias. Información actualizada a junio de 2026.